Ministerio de Transportes. Solo se podrá importar vehículos usados que tengan con máximo dos años de antigüedad y que no hayan sufrido siniestros. |
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó los requisitos mínimos de calidad para la importación de vehículos usados establecidos incluidos en el Decreto Legislativo N° 843, que busca de estandarizar las condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos usados de transporte de pasajeros o mercancías que se importen a nuestro país, que en el año 1996, se reestableció el ingreso al Perú de estas unidades.
Según la normativa, solo las unidades usadas con una edad máxima de 2 años pueden ingresar al Perú, esto se cuenta a partir del año modelo. Los objetivos principales son modernizar la flota automotriz, con unidades menos obsoletas, y reducir la contaminación ambiental.
Además, se redujo el kilometraje máximo de recorrido, requisito que deberá acreditarse ante la SUNAT y ante las entidades verificadoras al momento de su nacionalización.
Categorías con recorridos máximos en dos años
L – 20,000
M1 – 32,000
M2 – 36,000
M3 – 120,000
N1 – 36,000
N2 – 120,000
N3 – 240,000
A través del Decreto Supremo Nº 005-2020-MTC, publicado (02.02.2020) en El Peruano, se establece también que no se permitirá la importación de vehículos usados establecidos en el DL donde establece también que no se permitirá la importación de vehículos usados con motor de encendido por compresión (diésel) de las categorías L, M y N, a excepción de las subcategorías M3 y N3.
Vehículos siniestrados no pasan
La medida precisa que los vehículos usados que se incorporen a nuestro parque automotor no deberán haber sufrido siniestros como volcadura, choque frontal, lateral o trasero, incendio, aplastamiento, desmantelamiento, daños por agua (inundación, inmersión o exposición prolongada), daños exposición a daños radiactivos, no reparables u otros daños por los cuales se declaró como pérdida parcial o total en el país de origen.
Tampoco se permitirá aquellos vehículos usados que incumplan con los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes exigido para los vehículos nuevos.
Exclusiones
Esta medida excluye a los vehículos usados importados que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, hayan sido desembarcados en puerto peruano; se encuentren en tránsito hacia el Perú o que hayan sido adquiridos con anterioridad. Estos casos deben acreditarse con los documentos correspondientes.